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| ¿
Cuál es la utilidad
de utilizar facturas electrónicas
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El
uso de facturas electrónicas
implica que se elimina la obligatoriedad
de imprimirlas en papel para enviárselas
a sus respectivos destinatarios.
De esta manera no sólo
se reducen drásticamente
los costes asociados a la generación
y manipulación de documentos
impresos, sino que al mismo tiempo
se aumenta considerablemente la
calidad en la gestión y
control de todo el proceso de
facturación y cobranza. |
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| ¿
Qué es una factura
electrónica ? |
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Una
factura electrónica es
un fichero electrónico
que contiene todos los datos de
una factura, al que, aplicando
fórmulas matemáticas,
se le añade una cadena
o secuencia de caracteres denominado
firma electrónica. Al hacer
esto, la factura electrónica
adquiere plena validez fiscal
y legal, por lo que se elimina
la necesidad de imprimir el documento
para hacérselo llegar al
destinatario. |
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| ¿
Es lo mismo hablar de factura
electrónica, digital
o telemática ? |
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Básicamente
SÍ. La normativa vigente,
en sus diferentes documentos,
recoge el término factura
telemática o electrónica
de manera indistinta, y la define
como aquella factura tratada y
remitida por medios telemáticos
o electrónicos. El término
factura electrónica lo
utiliza de forma análoga
la industria (usuarios y proveedores)
como una denominación más
atractiva en el ámbito
comercial. |
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| ¿
Qué requisitos debe
cumplir una factura electrónica
para que sea válida
fiscal y legalmente ? |
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Para
que una factura electrónica
sea válida sólo
debe cumplir con dos requisitos:
garantizar la autenticidad de
origen y la integridad de su contenido.
Esto quiere decir poder identificar
unívocamente al emisor
y que tener la certeza de que
el documento recibido no haya
sido alterado. Ambos requisitos
se dan por satisfechos si al generar
la factura electrónica
el emisor le incorpora una firma
electrónica que cumpla
con las especificaciones mínimas
establecidas por las autoridades
tributarias. |
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| ¿
Qué es la firma electrónica
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La
firma electrónica es una
secuencia de caracteres (cadena
de números, letras y símbolos)
que se obtiene como resultado
de ejecutar unas operaciones matemáticas
sobre un conjunto de datos (un
documento electrónico por
ejemplo). Esta secuencia resultante
es única para cada conjunto
de datos, en consecuencia la misma
sirve para garantizar que cualquier
documento electrónico recibido,
que la contenga, no haya sido
alterado en el camino. |
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| ¿
Qué es un certificado
electrónico ? |
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El
certificado electrónico
es un fichero electrónico,
expedido por una entidad confiable
(denominadas Autoridades de Certificación)
que sirve para identificar de
manera unívoca a personas
o empresas en entornos electrónicos
como por ejemplo Internet. Se
puede decir que el certificado
electrónico es como un
DNI o pasaporte electrónico,
por lo tanto el mismo sirve para
identificar plenamente, y sin
dar lugar a ningún tipo
de dudas, a quien haga uso de
él. |
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| ¿
Tengo que enviar el papel
si envío facturas
electrónicas ? |
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No.
Las facturas con firma electrónica
tienen plena validez legal y sustituyen
el papel. |
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| ¿
Debo conservar las facturas
electrónicas ? |
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Sí.
La ley obliga a guardar durante
el período de prescripción
el documento de la factura junto
con los datos de la firma electrónica
y el certificado. |
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| ¿
Qué obligaciones
tengo como emisor de E-Facturas
? |
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El
emisor de facturas electrónicas
tiene las siguientes obligaciones:
a) conservar las facturas electrónicas,
junto con los datos asociados
(firma y certificado) en su formato
original; b) asegurar la legibilidad
de las mismas en su formato original;
c) garantizar el acceso completo
(visualización, búsqueda
selectiva, copia o descarga en
línea e impresión)
a los datos. |
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| ¿
Qué obligaciones
tengo como receptor de E-Facturas
? |
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El
receptor de facturas electrónicas
tiene las siguientes obligaciones:
a) conservar las facturas electrónicas,
junto con los datos asociados
(firma y certificado) en su formato
original; b) asegurar la legibilidad
de las mismas en su formato original;
c) garantizar el acceso completo
(visualización, búsqueda
selectiva, copia o descarga en
línea e impresión)
a los datos.
A diferencia del emisor, el receptor
de facturas electrónicas
podrá optar por la conservación
en papel de facturas recibidas
en formato electrónico,
a condición de que conste
en ellas una marca gráfica
de autenticación producida
por un sistema que sea admitido
y publicado por la Agencia Tributaria. |
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