Según viene indicado en la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, en la Disposición final novena. Habilitación normativa en materia de uso de medios electrónicos, informáticos o telemáticos, y uso de factura electrónica
Art 4. (...) la presentación de facturas electrónicas será obligatoria en la contratación con el sector público (...).
La ley 30/2007 establece los siguientes plazos para su puesta en marcha:
FORMATO FACTURAE
El formato facturae (www.facturae.es) viene publicado en la ORDEN PRE/2971/2007, de 5 de octubre, sobre la expedición de facturas por medios electrónicos cuando el destinatario de las mismas sea la Administración General del Estado u organismos públicos vinculados o dependientes de aquélla y sobre la presentación ante la Administración General del Estado o sus organismos públicos vinculados o dependientes de facturas expedidas entre particulares (consultar esquema facturae) y se establece como el formato que deberán utilizar los proveedores de la Administración para facturar electrónicamente.
ESQUEMA FACTURAE

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